(EP) – El número de condenados por delitos sexuales que se ha visto beneficiado por el nuevo marco de penas que recoge la ley del ‘solo sí es sí’ asciende al menos a 244, entre revisiones de condena a la baja y sentencias posteriores en aplicación de la norma. Desde el 7 de octubre, cuando entró en vigor la reforma del Código Penal, se ha ordenado la excarcelación de 19 personas. Las últimas 42 rebajas de pena han trascendido este viernes se han producido en Madrid, Comunidad Valenciana y Canarias.
Desde el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid han informado de que en los tribunales de esta comunidad autónoma constan ya 42 casos en los que se ha revisado y rebajado las penas de prisión impuestas a condenados por delitos sexuales en virtud de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual. Esta cifra incluye las 20 rebajas de las que ya había informado el órgano en noviembre, por lo que este viernes se suman 22 nuevos casos.
Según ha precisado el TSJ madrileño, en la Audiencia Provincial de Madrid se han revisado de oficio 218 causas por abusos y/o agresiones sexuales y 148 sentencias a petición de parte. Como consecuencia de la revisión, en el 11,2% de los casos se ha rebajado la pena, mientras que en el 23,5% han sido desestimadas; el porcentaje restante sigue en tramitación.
Al recuento de este viernes se incluye también una actualización de las rebajas registradas en la Comunidad Valenciana. Fuentes del TSJ en esa comunidad consultadas por Europa Press han confirmado que contabilizan ya unos 33 casos de revisiones a la baja, que incluyen las 15 que figuraban en el contador hasta ahora, por lo que este viernes se añaden 18 nuevas rebajas.
Al margen, el TSJ de Aragón ha confirmado un nuevo caso en Zaragoza. El TSJ de Canarias, por su parte, ha comunicado una nueva rebaja que ha conllevado una excarcelación después de que la Audiencia Provincial de Las Palmas haya modificado de 12 a 7 años la pena de prisión impuesta al hombre condenado por un delito de agresión sexual con la atenuante de drogadicción.
Con las 42 nuevas rebajas contabilizadas entre miércoles y jueves, el número de condenados por delitos sexuales que se han visto beneficiados por la ley del ‘solo sí es sí’ ha pasado de 202 a 243 en un día. La semana pasada la lista registraba 181 casos.
Este mismo viernes, la ministra de Justicia, Pilar Llop, ha lamentado que la ‘ley del sólo sí es sí’ no haya tenido «los efectos deseados» y ha asegurado que en el ámbito del derecho transitorio el Gobierno «pensó que sería aplicable otro tipo de respuesta» en consonancia a la propuesta por la Fiscalía General del Estado en el decreto en el que interpretaba su aplicación.
CASOS POR COMUNIDADES AUTÓNOMAS
A 20 de enero, se confirman revisiones de sentencia y rebajas de pena en 17 comunidades autónomas. Según los datos recabados hasta ahora por Europa Press, constan 42 en Madrid, 35 en País Vasco, 33 en Comunidad Valenciana, 21 en Galicia, 20 en Andalucía, 18 en Baleares, 16 en Castilla y León, 13 en Canarias, 12 en Asturias, 8 en Extremadura, 7 en Cantabria, 6 en el Supremo, 5 en Cataluña, 2 en Murcia, 2 en La Rioja, 2 en Aragón, 1 en Castilla-La Mancha y 1 en Navarra.
De estos 244 casos, 19 han conllevado la excarcelación de condenados: 6 de Madrid, 2 de Baleares, 2 de Galicia, 2 en la Comunidad Valenciana, 2 de Cantabria, 1 en Extremadura, 1 en Castilla y León, 1 en Asturias, 1 en Canarias y 1 en País Vasco –por orden del Tribunal Supremo–.
Entre las rebajas más sustanciales registradas, constan dos en Cantabria en las que se redujo la pena de prisión en 7 años. Así, los condenados pasaron de penas de 18 años a 11 años por una agresión sexual a una joven en un hostal de Santander.
Los casos aquí contabilizados representan una estimación a la baja, toda vez que no todos los TSJ llevan un registro actualizado al día del número de casos de rebajas que se dictan en sus tribunales.
«MÁS FAVORABLE AL REO»
En los 244 casos registrados hasta ahora, los magistrados explican que estas revisiones y rebajas de condenas se hacen porque el propio Código Penal, en su artículo 2.2, establece que siempre deberá aplicarse la ley «más favorable» al reo.
La ley del ‘solo sí es sí’ ha provocado que el delito de agresión sexual absorba al de abuso sexual, lo que significa que un delito que hasta ahora recogía una conducta más grave incorpore una de menor gravedad, por lo que la horquilla penal también se ha ampliado para abarcar todo el abanico de comportamientos penados ahora como agresión sexual.
Así las cosas, las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press explican que el número de casos en los que se aplican las rebajas seguirá creciendo ante las revisiones pendientes en todas las comunidades autónomas.
EL CRITERIO DEL SUPREMO
El Tribunal Supremo aseguró en su sentencia sobre el ‘caso Arandina’ que la aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual es «obligatoria» por ser «más favorable» al reo.
El alto tribunal tuvo que hacer uso de la modificación penal al revisar la sentencia del ‘caso Arandina’ y condenó a 9 años de cárcel –y no a 10, como pedía la Fiscalía– a dos exjugadores de ese club de fútbol al aplicar la ley del ‘solo sí es sí’.
Los magistrados elevaron las penas –desde los 4 y 3 años que había fijado el TSJ de Castilla y León– tras eliminar la atenuante que se había apreciado por la cercanía de edad y madurez entre condenados y víctima.
El Supremo ha rebajado ya 6 penas de prisión relativas a delitos de agresión sexual desde que entró en vigor la reforma del Código Penal. Una de ellas ha conllevado una excarcelación en el País Vasco.
Las fuentes consultadas explican que, aunque el ‘caso Arandina’ fue una primera manifestación, no sirve para fijar doctrina porque es un asunto que ya estaba pendiente de un recurso de casación y tenía elementos jurídicos a ponderar más allá de la nueva ley.
Las mismas fuentes indican que para que el Supremo aclare las reglas de aplicación del ‘solo sí es sí’ a las sentencias firmes tendrá que fallar en el mismo sentido en casos similares. Y hasta conseguirlo podrían pasar meses, apuntan.