(dpa) – ¿Cuál de los familiares recibirá qué cosa en caso de muerte? Muchos piensan en dinero o bienes cuando se trata de una herencia. Pero muy pocos son los que se acuerdan de regular quién tendrá acceso a su legado digital, sus cuentas en Facebook o Instagram, sus buzones de correo electrónico o sus saldos positivos en servicios de pagos.
¿Se puede heredar el legado digital? En Alemania, En principio, sí, dice Rebekka Weiss de Bitkom, asociación que agrupa a numerosas empresas digitales, y hace referencia a una sentencia del Tribunal Federal Supremo del 2018. Éste decidió en ese entonces que los padres de una niña fallecida podían acceder a su cuenta de Facebook como herederos.
Los jueces establecieron básicamente que también los contenidos digitales se heredan. Los herederos pasan a ser los representantes del difunto en los contratos de uso, por ejemplo, de servicios de música en streaming, de e-books, nubes o redes sociales.
Guardar los datos de acceso en un lugar seguro
Para que los herederos puedan acceder en cualquier momento al legado digital es importante que dispongan de los respectivos datos de acceso. Por eso, alguna vez uno debería tomarse el tiempo de confeccionar un listado con todas las cuentas con sus usuarios y contraseñas y guardar este documento en un lugar seguro. Y con el término seguro no nos referimos al cajón de un escritorio.
Weiss propone: «Se puede guardar este listado, por ejemplo, en un pendrive encriptado, en una caja fuerte o en una caja de seguridad de un banco».
¿Y qué hay de poner los datos de acceso en el testamento? Eso tiene poco sentido, subraya Eberhard Rott, abogado especializado en derecho sucesorio, alegando que pueden pasar meses hasta que después de una muerte se abra un testamento. Mientras tanto, se pierde tiempo valioso que los herederos pueden utilizar para, por ejemplo, borrar por deseo del fallecido fotos o videos privados o determinados chats.
Una persona de confianza como administrador del legado digital
En concreto se recomienda el siguiente procedimiento: se hace un poder y en él se nombra a una persona de confianza para que se ocupe del legado digital tras la muerte. Este poder debería tener, además de una fecha y una firma, el añadido de que vale «más allá de la muerte».
En un siguiente paso, se entrega este poder a la persona de confianza. No hay que olvidar informar a los familiares quién será el responsable del legado digital. La persona de confianza, a su vez, debe tener conocimiento de dónde están guardados los datos de acceso a las diferentes cuentas de usuario, o sea, por ejemplo, dónde está el pendrive encriptado.
Mantener el listado actualizado
«Es importante tener los datos de acceso siempre actualizados», subraya la experta de Bitkom Rebekka Weiss. Si se suman nuevas cuentas de usuario, hay que añadir los datos. Si uno se da de baja de algún lado, hay que eliminar los datos de la lista.
Por cierto, también deberían ser parte del poder o de la lista instrucciones sobre qué ocurrirá con los datos almacenados en los dispositivos propios. Lo mejor es dejar establecido qué debe suceder con lo guardado en computadora, celular, tablet y demás.
¿Qué pasa con determinadas fotos y videos?
Esto también es importante: hay que pensar con tiempo qué videos, fotos o chats no queremos que vean los herederos bajo ninguna circunstancia. «Eso puede tener relevancia, por ejemplo, si los herederos son desconocidos, por ejemplo, una organización benéfica», explica el abogado Rott.
También es probable que no se quiera que los hijos puedan ver determinada información. «En esos casos, se puede añadir a un albacea como persona neutral que borre los datos».
Por Sabine Meuter (dpa)