El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Reglamento de desarrollo de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, que aspira a ser un instrumento fundamental de la gestión del patrimonio cultural asturiano en los próximos años.
El reglamento concreta numerosos aspectos que se esbozaban en la Ley de Patrimonio Cultural y detalla con más profundidad cuestiones relativas a los procedimientos de protección patrimonial, la declaración de ruina o la práctica de la actividad arqueológica. El texto legal también aborda el acceso público a los elementos patrimoniales protegidos (Bienes de Interés Cultural e Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias) o la protección del patrimonio inmaterial.
Para elaborar la normativa, la Consejería de Educación, Cultura y Deporte ha partido del análisis de los 14 años de vigencia de la Ley de Patrimonio Cultural, lo que ha permitido detectar aquellos ámbitos de la gestión patrimonial en los que era más necesario reforzar el desarrollo normativo o evitar inseguridades jurídicas. También se ha valorado la experiencia de otras comunidades autónomas.
En el proceso de elaboración del reglamento han participado numerosos colectivos directamente relacionados con el patrimonio cultural asturiano, como es el caso de los colegios de arquitectos o de aparejadores, la Universidad de Oviedo, la Escuela Superior de Arte de Asturias, las dos asociaciones de arqueólogos existentes en la comunidad y grupos especializados en otros ámbitos temáticos, como la etnografía o el patrimonio industrial.
En los últimos 14 años, el Principado ha dado un impulso a la protección jurídica de miles de bienes patrimoniales asturianos. Así, junto al desarrollo del primer nivel de protección (el correspondiente a los Bienes de Interés Cultural) se han puesto en marcha otros dos niveles de nueva creación (el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias y los bienes incluidos en los catálogos urbanísticos municipales).
El Principado optó por dar prioridad al desarrollo de los catálogos urbanísticos municipales puesto que consideró vital su realización para proteger un elevado número de bienes patrimoniales que de otro modo hubieran quedado sin protección efectiva. A día de hoy, hay más de 36.600 bienes catalogados en alguno de los niveles previstos por la legislación (integral, parcial o ambiental)
Este Reglamento concreta también determinados aspectos para mejorar la coordinación entre los niveles autonómicos de protección patrimonial y los catálogos urbanísticos. Así, establece que la Consejería de Educación, Cultura y Deporte podrá formular criterios específicos que fijen las intervenciones sobre los bienes incluidos en esos catálogos o la incorporación de otros nuevos.
En cuanto al Inventario de Patrimonio Cultural de Asturias (nivel intermedio de protección con más de 3.000 bienes arqueológicos incluidos y 2.300 pendientes de tramitación), se ha considerado imprescindible desarrollar los aspectos de la Ley de Patrimonio Cultural que afectan a estos bienes. Así, se ha elaborado la definición concreta de los tres niveles de protección, los registros que los amparan y les dan consistencia jurídica, y la relación entre administraciones en lo que tiene que ver con su gestión diaria.
El reglamento aprobado desarrolla un marco de intervenciones en bienes muebles e inmuebles declarados de interés cultural, incluyendo proyectos técnicos de conservación y restauración. También presta atención al régimen aplicable al patrimonio arqueológico y al etnográfico para regula la protección el patrimonio inmaterial, que en la presente legislatura ha sido objeto de atención preferente.