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Los hoteleros reclaman que el alquiler de viviendas para uso turístico se regule como los alojamientos

Candás 365By Candás 36520 abril, 20164 Mins Read

fotonoticia_20160419165758_800Los patronal hotelera reclama que el alquiler de alojamientos privados para estancias cortas se integre en la legislación como alojamiento turístico para que todos los operadores puedan competir «en igualdad de condiciones» y «cumplir con las obligaciones fiscales».

La Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT) presentó el pasado viernes un escrito ante la Comisión Nacional de Mercados y de la Competencia (CNMC), a raíz del borrador de su estudio sobre los nuevos modelos de la economía colaborativa.

La patronal considera que el informe de la CNMC se basa en principios teóricos «sin contrastar, ni analizar su impacto posterior en el sector turístico español», ya de por sí «hiper-regulado».

Desde CEHAT se argumenta que «la aligeración, o casi eliminación» que propone el borrador del estudio de la CNMC produce «graves efectos en las garantías y protección del consumidor, la lucha contra el fraude fiscal, la protección del medio ambiente, del entorno urbano y los objetivos de política social».

Los hoteleros españoles se suman así a las reivindicaciones de la patronal europea de Hotelería y Hostelería, HOTREC, que pide establecer procesos para registrarse y obtener permisos, incluir a este tipo de alojamiento turístico en las estadísticas del sector, al mismo tiempo que hacer cumplir los requisitos y realizar inspecciones de seguridad y vigilancia.

En sus conclusiones preliminares del estudio, la CNMC aconseja suprimir la inscripción de las viviendas turísticas en un registro y la publicación del número de registro como obligaciones para llevar a cabo la actividad y eliminar cualquier tipo de requisito de estancia mínima o máxima en viviendas turísticas.

La CNMC aconseja asimismo eliminar cualquier limitación del tipo de vivienda, típicamente excluyendo la tipología de pisos en régimen de propiedad horizontal en favor de viviendas unifamiliares o pareadas y suprimir la prohibición del alquiler de una vivienda turística por estancias o de la residencia permanente.

«CONDICIONES «DISCRIMINATORIAS»

La patronal hotelera asegura que las recomendaciones que plantea la CNMC genera condiciones de competencia «discriminatorias» en contra de los operadores tradicionales y reivindica en su escrito la contribución del sector reglado a la creación y mantenimiento del empleo.

«La realidad es que la prestación de servicios de alojamiento turístico en viviendas, cada vez responde menos a los principios de la economía colaboratiba, y ha pasado de ser una actividad profesional, lucrativa y permanente», defienden los hoteleros.

En este sentido, señala que resulta contradictorio que los valores de protección al consumidor, que se ha justificado en las normativas, solo deban ser protegidos por una parte de los prestadores de servicios. «Nunca debe implicar que unos sectores determinados de la actividad de alojamiento tengan la obligación de cumplirlos y otros no», añade.

Desde CEHAT, que representa a hoteles, campings, balnearios, alojamientos de turismo rural y apartamentos turísticos, esperan que se produzcan medidas legislativas que permitan una mayor integración de todas las actividades económicas, reconociendo las ventajas que supone el aumento de la oferta y la «necesaria bajada de obligaciones para todos».

REGULACIÓN EN MANOS DE LAS CCAA

Las comunidades autónomas, con competencias en materia de turismo, pueden legislar sobre esta cuestión tras modificarse la Ley de Medidas de Flexibilización y Fomento del Mercado del Alquiler, que limita el arrendamiento de viviendas vacacionales y apartamentos turísticos por parte de particulares, al vincular la regulación de este tipo de alojamientos a la legislación turística.

Las normativas vigentes en España para la oferta de alquiler de viviendas de uso turístico salvo en Baleares y Canarias son bastante dispares, aunque la mayoría coinciden en la inscripción de un registro, un teléfono 24 horas y la prohibición de alquilar habitaciones sueltas.

Alquilar habitaciones sueltas está prohibido expresamente en la normativa al respecto de las seis comunidades que han regulado este fenómeno de viviendas para uso turístico.

La mayoría de CCAA –Cataluña, Andalucía, Aragón y Canarias, entre ellas– obliga a registrar o dar de alta los inmuebles en el organismo turístico competente o en uno específico creado para ellas, que implica cumplir una serie de requisitos y condiciones específicas por parte del propietario y tramitar una licencia que le permita destinar el inmueble a este fin.

 

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