(EP) – Las estaciones de trenes y de autobuses, así como los aeropuertos, comenzarán a adaptar sus termostatos y controles de iluminación a las nuevas exigencias aprobadas por el Gobierno, para reducir el consumo de energía y cumplir con los compromisos europeos derivados del conflicto en Ucrania.
En concreto, limitarán la temperatura de sus edificios a un mínimo de 27 grados durante el verano y a un máximo de 19 grados en invierno, al mismo tiempo que apagarán el alumbrado de los escaparates a partir de las 22.00 horas en los locales desocupados, según marca el decreto aprobado por el Gobierno.
No obstante, el interior de los trenes y de los autobuses quedará exento del cumplimiento del requisito de temperatura, al igual que los centros sanitarios y hospitalarios, de formación (colegios, universidades o guarderías), peluquerías, lavanderías o gimnasios.
De esta forma, Adif, que gestiona las estaciones de tren, comenzará a aplicar este miércoles las medidas del real decreto en las estaciones ferroviarias, tanto las relativas a la climatización como a la iluminación, según han confirmado a Europa Press en fuentes de la empresa pública.
La gestión de las estaciones de autobús, por su parte, corre a cargo habitualmente de los ayuntamientos, si bien algunas infraestructuras, como por ejemplo la estación de Méndez Álvaro de Madrid, tienen concesionarios privados, que en ese caso es Grupo Avanza. Así, serán los ayuntamientos o estas empresas privadas quienes tengan que aplicar las medidas de eficiencia energética.
De su lado, Aena, la empresa estatal que gestiona los aeropuertos y las operaciones aeroportuarias, será la entidad encargada de hacer cumplir el real decreto en este tipo de infraestructuras. También en el ámbito turístico, los hoteleros han confirmado que seguirán cumpliendo la normativa y dando «las máximas evidencias de confort en los clientes para que sigan confiando en la experiencia vacacional en España».
NORMAS YA EN VIGOR
En cualquier caso, España ya cuenta con un marco normativo exigente para el consumo racional de energía. Por ejemplo, el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), aprobado en 2007, ya prevé obligaciones para una adecuada gestión y un consumo eficiente de energía en los sistemas de climatización o producción de agua caliente sanitaria.
En particular, para edificios y locales de uso administrativo, incluidas las administraciones públicas, establecimientos comerciales como grandes almacenes o centros comerciales, espacios culturales como cines o centros de congresos, o infraestructuras destinadas al transporte de personas como estaciones y aeropuertos, prevé que no pueda utilizarse energía convencional para calefactar por encima de los 21 grados ni refrigerar por debajo de los 26 grados.
Asimismo, establece que estos edificios deben disponer de dispositivos que midan las condiciones de temperatura, y la obligación a disponer de sistemas de cierre de puertas que eviten el despilfarro energético que supondría que éstas se mantuvieran abiertas. Por último, establece unos regímenes de inspección de las instalaciones de climatización y agua caliente sanitaria, que incluyen, para instalaciones de más de 70 kilovatios (kW), inspecciones específicas de eficiencia energética una vez cada cuatro años.