La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Carreño contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de octubre por el que se aprueba el documento de Planificación Energética, Plan de desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020, previsto por el Gobierno de España.
“Desde el Ayuntamiento de Carreño llevamos varios años defendiendo los intereses ambientales del concejo y aunque respetamos las decisiones del Supremo, en este caso, es evidente que no la compartimos”, señaló Gabriel Rodríguez, portavoz del gobierno local y responsable del área de medio ambiente.
“Mantenemos el compromiso con el acuerdo plenario y las entidades vecinales, al que llegamos en su día, frente a la planificación de la red de transporte de energía planteado y seguimos defendiendo que esta instalación no es necesaria y que conlleva más perjuicios a la situación ambiental de Carreño”, explicó Gabriel Rodríguez.
El Supremo considera que la actuación del Gobierno de España en materia de planificación energética se ha ajustado a las previsiones legales y que las modificaciones que se han ido incorporando, lo hacen en base a razones técnicas objetivas.