Ahora todos los establecimientos de juego (casino, bingos, salones de juegos y locales de apuestas) tienen la obligación de disponer de un servicio de control de acceso para identificar y registrar a todas las personas que acudan a estos establecimientos, de manera que nadie pueda entrar sin haber pasado por el control. Además, se deberá presentar el documento de identidad pertinente y el acceso quedará registrado, según publica hoy una resolución del Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA).
La resolución del BOPA establece las condiciones técnicas de los sistemas de identificación en el control de acceso a los locales de juego. La Consejería de Hacienda cumple con esta disposición, en el decreto aprobado por el Consejo de Gobierno el 12 de febrero por el que se fijan restricciones en materia de juegos y apuestas, así como los criterios que regirán la concesión de autorizaciones en la comunidad.
La resolución fija las exigencias que han de cumplir los sistemas técnicos de control, de modo que verifiquen la inequívoca identidad de cada persona que acuda a este tipo de locales. Asimismo, el texto recoge las condiciones necesarias para que el registro cumpla la normativa relativa a la protección de datos.
La resolución se puede consultar aquí: https://ddei3-0-ctp.trendmicro.com:443/wis/clicktime/v1/query?url=https%3a%2f%2fcutt.ly%2fyQkWIO6&umid=33F9AFB7-C88F-8B05-ACF2-3EA1495F5CCD&auth=4ceff9107ab9c25786f1a828bbcb8ff8204474b0-2ca18f9f68f5e479a81eaabdc18cb2268ff2485e