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Home»Noticias Carreño»El PP de Carreño pide al PSOE que informe sobre las retribuciones y los blindajes de los directivos de COGERSA
Noticias Carreño

El PP de Carreño pide al PSOE que informe sobre las retribuciones y los blindajes de los directivos de COGERSA

Candás 365By Candás 36522 octubre, 20146 Mins Read

Jose RamonEl PSOE sigue transitando por el camino del oscurantismo. Esta vez la negativa de los socialistas a aportar información pública se refiere a las retribuciones del personal directivo de COGERSA y a la aclaración de si hay blindajes para el supuesto de despido de este tipo de personal. De hecho, pese a la aprobación por el Pleno del Ayuntamiento de Carreño hace más de un año de una moción en ese sentido, los representantes del Ayuntamiento en COGERSA, que son el alcalde Ángel Riego y la concejala Cecilia Tascón, y la Presidenta de COGERSA, que es la consejera de Fomento Belén Fernández, no quieren solicitar dicha información en el caso de los primeros, ni aportarla en el caso de la segunda. Recordemos que se trata de algo tan sencillo como es cuánto cobran los directivos de COGERSA, empezando por el Gerente, y si hay blindajes para el supuesto de despido, algo que se rumorea insistentemente y que el PP quiere saber si es cierto o no, máxime teniendo en cuenta que desde el año 2012 esos blindajes son ilegales en el sector público porque así lo establece una ley estatal.

Dada esta situación, el PP plantea dos iniciativas: llevar el asunto nuevamente al Pleno que se celebrará el próximo 30 de octubre, y preguntar en la Junta General del Principado de Asturias a través del Grupo Parlamentario Popular.

Este es el texto de la moción que tuvo entrada en el registro municipal el 21 de octubre:

Primero. El 29 de septiembre de 2013, el Pleno del Ayuntamiento de Carreño, con el voto a favor de PP, Foro, IU, UICA, CAUN y PCPE, y la abstención del PSOE y Compromiso, aprobó una moción en la que se planteaba lo siguiente:

“Primero. Solicitar a los representantes del Ayuntamiento de Carreño en COGERSA que recaben la siguiente información:

1) Salario y tipo de contrato de trabajo del Gerente y del personal directivo de COGERSA, así como la indemnización pactada en caso de despido tanto del Gerente como del personal directivo.

2) Conocer si en el ámbito de COGERSA se ha procedido a adaptar los contratos de alta dirección existentes, a lo dispuesto en la disposición adicional octava de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado, que obliga a revisar todos los contratos de alta dirección existentes en el sector público estableciendo que debe regir, en todo caso, la indemnización mínima legal en caso de despido, que es de siete días de salario por año trabajado con un máximo de seis mensualidades.

Segundo. Para el caso de que la información referida en el apartado anterior no sea aportada a los representantes del Ayuntamiento de Carreño, requerirla directamente tanto a la Consejera de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente como al Gerente de COGERSA.

Tercero. Solicitar a COGERSA que publique en su página web las retribuciones, tanto las de sus directivos como las correspondientes a los puestos de trabajo del consorcio, y ello como medida de transparencia en la línea de las adoptadas en el conjunto del sector público local, autonómico y estatal.

Cuarto. Notificar esta moción a la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente y a COGERSA.”

Segundo. Transcurrido más de un año desde su aprobación, los representantes del Ayuntamiento de Carreño en COGERSA no han trasladado a la comisión de organismos externos, que es el órgano creado en virtud del Acuerdo de los partidos de la oposición por la austeridad y la transparencia en el que se da cuenta de la actividad de los representantes municipales en los organismos y entidades en los que participamos, de información alguna sobre el cumplimiento de esta moción. Asimismo, tampoco consta respuesta a la solicitud de información de la propia COGERSA ni la Consejería de Fomento ha aportado la información solicitada.

Tercero. COGERSA es un consorcio de la administración local, sostenido con dinero procedente del bolsillo de todos los ciudadanos asturianos, y señaladamente y en lo que nos concierne, de todos los carreñenses. Por esa razón, que el Pleno de un Ayuntamiento solicite información tan clara y elemental, y recibida la callada por respuesta, tanto del alcalde y la concejala de urbanismo, ambos representantes municipales en COGERSA, como de la consejera de Fomento y del propio consorcio, es una muestra de oscurantismo verdaderamente antidemocrático. Es un insulto a todos los vecinos a los que representamos en este Pleno municipal.

COGERSA está en el ámbito de aplicación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y entre otras obligaciones tiene la de publicar “las retribuciones percibidas anualmente por los altos cargos y máximos responsables de las entidades incluidas en el ámbito de la aplicación de este título. Igualmente, se harán públicas las indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del abandono del cargo” (artículo 8.1.g). Por lo tanto, ofrecer la información solicitada no sólo debe responder a un compromiso ético de claridad, transparencia y buen gobierno, sino que es la propia ley la que lo configura como un deber legal cuyo cumplimiento se solicita.

Por todo lo expuesto, el Pleno del Ayuntamiento de Carreño acuerda:
Primero. Solicitar a la Presidenta y al Gerente de COGERSA la siguiente información:
1. Salario y tipo de contrato de trabajo del Gerente y del personal directivo de COGERSA, así como la indemnización pactada en caso de despido tanto del Gerente como del personal directivo.

2. Aclaración de si en el ámbito de COGERSA se ha procedido a adaptar los contratos de alta dirección existentes, a lo dispuesto en la disposición adicional octava de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado, que obliga a revisar todos los contratos de alta dirección existentes en el sector público estableciendo que debe regir, en todo caso, la indemnización mínima legal en caso de despido, que es de siete días de salario por año trabajado con un máximo de seis mensualidades.

Segundo. Notificar esta moción a la Presidenta y al Gerente de COGERSA.

Fuente PP Carreño.

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