OVIEDO, 18 Sep. (EUROPA PRESS) El acusado de intentar matar a su excompañera sentimental en Oviedo en 2013 ha admitido este jueves los hechos y ha aceptado una condena de cinco años y nueve meses de prisión, 10 años de alejamiento y el pago de una indemnización de 15.000 euros a la víctima.
La vista oral estaba señalada a las 10.00 horas en la Sección Tercera de la Audiencia provincial de Asturias, con sede en Oviedo, aunque tras el reconocimiento de los hechos por parte del acusado, que propició un acuerdo entre las partes, no ha llegado a desarrollarse.
El procesado mantuvo una relación sentimental con convivencia con la víctima, que cesó hacia el mes de mayo de 2013, cosa que no aceptó de buen grado. La pareja, pese a la ruptura, continuó viéndose en alguna ocasión.
Así, sobre las 10.15 horas del 30 de junio de 2013, el procesado se dirigió a un establecimiento hostelero de Santa Marina de Piedramuelle, en Oviedo, donde trabajaba la víctima. Una vez dentro, se situó en la esquina del mostrador próxima al acceso a la barra y, tras pedir una consumición, de forma brusca y airada, se dirigió a la mujer preguntándole dónde había estado el día anterior, a la vez que le decía que se marchara con él.
Ante la negativa de ella, el procesado, visiblemente enfadado, y, ocultando que en su mano derecha llevaba una navaja tipo mariposa con el filo partido, pasó detrás de la barra, y, con ánimo de acabar con su vida, le asestó una puñalada en el costado derecho y le clavó la navaja en repetidas ocasiones en distintas partes de su cuerpo, a la vez que la agarraba fuertemente hasta sacarla del local. Una vez en el exterior, la obligó a subirse a su furgoneta, aunque ella logró zafarse y volver al bar. En ese momento, el procesado huyó del lugar.
A consecuencia de la agresión, la mujer sufrió múltiples heridas. Le han quedado secuelas, entre ellas varias cicatrices. El procesado fue detenido ese mismo día y fue enviado a prisión provisional por auto de 2 de Julio de 2013 dictado por el Juzgado de Violencia Sobre la Mujer número 1 de Oviedo, que le impuso igualmente la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 300 metros, de su domicilio y cualquier lugar donde se encuentre, así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio, hasta que finalizara el procedimiento con una sentencia firme.