El Plan General de Ordenación (PGO) ha sido motivo de discrepancias entre el Gobierno Municipal y el Grupo Popular de Carreño. Mientras que los primeros sostienen que dicho plan está en vigor, pese a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias que anula el acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias del 10 de Octubre de 2013, los segundos exigen que se depuren las responsabilidades políticas y administrativas que se derivan de la sentencia que anula el texto refundido del PGO.
Según el Gobierno Municipal, dicha decisión judicial no afecta al Plan General de Ordenación que continúa vigente y que ya en su momento fue aprobado por el Principado de Asturias y avalado por el Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias. Según explica Gabriel Rodríguez, concejal de urbanismo, al término de la comisión informativa de carácter extraordinario en la que se dio traslado de la Sentencia al resto de fuerzas políticas, el vecindario de Carreño puede estar tranquilo, porque a pesar de esta sentencia del TSJA, el Plan Genera del concejo sigue estando vigente. Continúa afirmando que se trata de un defecto de forma que se produjo a la hora de tomar el acuerdo de remisión del texto refundido a la CUOTA, pero que nada tiene que ver con las previsiones de planeamiento contenidas en el Plan General. Por ello el Ayuntamiento deberá seguir aplicando el Plan General como hasta el momento, sin que se produzca ninguna alteración jurídica que pueda afectar a los vecinos/as del municipio. En definitiva se trata de un defecto formal que obligará a que el Texto Refundido sea sometido a Pleno Municipal para su posterior remisión a la CUOTA. Todo ello sin que el Plan general vigente quede afectado de forma alguna.
Sin embargo el Grupo Popular mantiene que la sentencia que declara nulo el texto refundido del Plan General de Ordenación, pone de manifiesto una serie de irregularidades en la tramitación de ese expediente, que en su opinión son graves, haciendo hincapié en la actuación administrativa, por si esta fuera correcta. Continúan los populares afirmando que entre las irregularidades, la sentencia afirma que no se incorporó informe del Secretario ni de los Servicios Técnicos, que los funcionarios municipales fueron ajenos al trabajo del equipo redactor en la refundición del texto, que se eludió la competencia del Pleno, que ni siquiera consta acto expreso del alcalde de aprobación del texto refundido y que el propio texto tiene graves deficiencias y omisiones. Por ello plantean una serie de actuaciones que van a llevar a cabo relacionadas con este asunto, entre las que destacan la petición a la alcaldía de no recurrir la sentencia, solicitar un informe jurídico sobre el alcance y las consecuencias de la sentencia, solicitar a la alcaldía información sobre la tramitación del expediente y en caso de que haya responsables de la actuación, que sean ellos quienes se hagan cargo de las costas judiciales
El Tribunal Superior de Justicia anuló el acuerdo de CUOTA de 10 de Octubre de 2013 por el que se aprobó el Texto Refundido del Plan General de Ordenación de Carreño por haberlo hecho sin que previamente se pronunciase el Pleno de Ayuntamiento de Carreño sobre el mismo.