La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha desestimado el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Carreño contra el acuerdo adoptado en julio de 2014 por el pleno de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias (Cuota) relativo a la aprobación del plan territorial especial del área de tratamiento centralizado de residuos de Asturias. El fallo del alto tribunal asturiano confirma así la adecuación a derecho de la resolución impugnada e impone las costas al recurrente.
El plan que ahora se refrenda tiene por objeto establecer unos preceptos urbanísticos de aplicación directa que prevalezcan sobre los planeamientos generales de los concejos implicados con el fin de determinar y ordenar un área en la que se pueda consolidar la actividad desarrollada por el Consorcio de Gestión de Residuos Sólidos de Asturias (COGERSA), así como garantizar el crecimiento, la modificación, la ampliación y la implantación de nuevas instalaciones.
Se trata de la segunda sentencia favorable a la aprobación del plan especial aprobado por la Cuota tras la dictada por la misma sala en diciembre de 2015 desestimando el recurso presentado por las asociaciones conservacionistas Amigos de la Naturaleza (ANA) y el Grupo de Ornitoloxia Mavea.
El Ayuntamiento de Carreño había aducido que el plan carecía de imparcialidad por no haber analizado desde la Cuota las alegaciones presentadas ni mediar informe de funcionario público al respecto. La sentencia, sin embargo, razona y alude a las partes del voluminoso expediente en el que se contiene contestación a dichas alegaciones. Hay que recordar que se presentaron 302 escritos de alegaciones.
Descarta asimismo el TSJA, invocando numerosas sentencias del Tribunal Supremo, que el plan se haya aprobado prescindiendo del procedimiento legalmente establecido, como invocaba el ayuntamiento.
Otro de los argumentos de impugnación utilizados fue el relativo a defectos en la documentación ambiental del plan. También el TSJA desbarata este argumento al recordar que el análisis territorial y estructural es correcto y reprocha además que el informe pericial no haya aportado ninguna otra alternativa de emplazamiento viable. El TSJA entiende que existe «una necesaria y suficiente justificación de las razones para la implantación en la zona del tratamiento centralizado de residuos».
La actual sentencia tiene especial importancia por cuanto desestima el último de los recursos judiciales existentes en relación con el plan especial del área de tratamiento centralizado de residuos de COGERSA, dado que también se desestimaron los anteriores recursos, y -salvo recurso de casación- permite dotar de garantías y seguridad jurídica a la calificación urbanística de los terrenos y ubicación futura de nuevas instalaciones para la gestión de los residuos en Asturias.