Cuando un hecho delictivo es cometido por un menor de edad, se aplicará la Ley 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, que prevé que la finalidad de la misma, sea siempre la de la educación del menor, por ello, se le impondrán, tras la averiguación de los hechos, medidas de seguridad y reglas de conducta que traten la prevención especial del menor.
El límite la aplicación de Ley de responsabilidad penal del menor está en los 14 años pero eso no quiere decir que los poderes públicos no actúen cuando un menor de 14 años cometa un delito.
Son muchas las voces que son oídas cuando un menor de 14 años comete un delito, sobre todos aquellos que se ejecutan con gran violencia y desprecio a los derechos humanos. Sin embargo, en España contamos con la garantía de que a nuestros menores de 14 años, lo que se les aplicará son medidas protección, que también se encuentran reguladas y que irán destinadas a la educación del mismo y a la prevención.
A la hora de valorar las medidas que se van a imponer al menor que ha cometido un hecho delictivo, no solo se valorarán los hechos cometidos y la violencia ejercida, también se tendrá muy en cuenta la situación personal e individual, social, familiar y educativa del menor.
Un equipo técnico multidisciplinar evalúa los factores de riesgo del menor, por lo que no solo se trata de castigar, si no de intervenir en la conducta del menor para evitar la reproducción de hechos similares.
Esto permitirá que se diseñe un programa en el que se minimicen aquellos factores que se entiende han podido contribuir a su conducta, reforzando los factores positivos.
La violencia de los hechos se tendrá en cuenta a la hora de decidir si un menor debe ser privado de libertad, pero también otros factores que dependerán de las circunstancias del menor en cuestión y que deben ser evaluadas.
Esther Sánchez Hellín
Abogado Alicante