Si necesitas gestionar el alta de luz necesitas cumplir con algunos requisitos, presentar la documentación necesaria y conocer los procedimientos que debes seguir, así como los costes correspondientes según el suministro eléctrico que requieres.
Requisitos para dar el alta de luz
Para realizar el alta de luz tienen que darse alguna de las tres condiciones siguientes:
- Haber comprado o alquilado un local o una vivienda, donde el anterior inquilino ha realizado la baja del suministro.
- Habitar una vivienda en la que nunca se realizó el suministro eléctrico.
- El suministro se ha dado de baja por facturas impagas.
Aquí puedes saber más. Si el servicio de luz ya existe en tu nueva casa o local, no será necesario dar el alta de la luz, sino que tendrás que realizar un cambio del titular del servicio para que el contrato respectivo quede a tu nombre.
Documentación necesaria
Para solicitar el alta correspondiente de la luz, necesitarás contar con los siguientes documentos y datos:
CUPS
El CUPS o el Código Universal de Punto de Suministro es el número que identifica el suministro de luz de tu vivienda o negocio.
Es permanente y queda ligado a la casa o al local, no al titular del suministro. Es decir que, si cambias de piso, este tendrá una numeración diferente al de la vivienda anterior.
Si la vivienda o local ya tiene un CUPS asignado, tendrás que conseguir alguna de las facturas del anterior inquilino. El número aparecerá junto a los demás datos del suministro.
Si no puedes conseguirlo de esta manera, tendrás que llamar por teléfono a la distribuidora de tu zona indicando tu dirección exacta y la compañía te lo dará, ya que tienen acceso a todos los CUPS que distribuyen electricidad.
Si la vivienda o local nunca tuvo luz, es posible que la propiedad tenga un CUPS asignado, por lo que se recomienda que te comuniques con la distribuidora de tu zona, ya que allí te podrán dar esa información.
En el caso de que te informen que la vivienda o el local no tiene CUPS, situación excepcional que suele darse en obras nuevas, deberás solicitar la apertura de un nuevo expediente de acometida.
Boletín eléctrico en vigor
El boletín eléctrico es también llamado certificado de instalación eléctrica en baja tensión (CIE/CIEBT).
Este recoge el tipo de instalación eléctrica, la potencia instalada y la máxima potencia que se admite.
Potencia a contratar
Tendrás que comprobar si la potencia que deseas contratar está acorde con la registrada en tu boletín.
Datos del titular
Usualmente, las compañías solicitan el DNI o el NIE, aunque algunas también admiten el pasaporte como documento identificativo.
Cuenta bancaria
Las compañías, generalmente, solicitan una cuenta española, no pudiendo domiciliar en cuentas extranjeras.
¿Cuánto cuesta dar el alta de la luz?
Realizar el trámite de dar el alta para la luz no es gratuito. Es necesario pagar por los derechos del alta y estos se dividen en tres: derechos de extensión, derechos de acceso y derechos de enganche.
El precio para dar el alta de luz es el mismo en toda España, ya que se trata de una cantidad regulada y solo cambia el porcentaje de impuestos.
- Derechos de extensión: Se pagará 17.37€ por cada KW de la potencia adscrita. Si el alta de la luz trata de una vivienda donde no ha existido suministro, se pagará en función de los KWs de la potencia contratada en el momento de realizar el contrato con la comercializadora.
- Derechos de acceso: Necesitarás pagar 19.70€ por cada KW contratados en tu domicilio, que no podrán superar a los recogidos en los derechos de extensión.
- Derechos de enganche: Se paga 9.04€ por la actuación del técnico que realiza la conexión del suministro.
Además, al coste del alta de luz debes sumar el depósito de garantía. Este montante lo determinan las distribuidoras y, según el Real Decreto que lo regula, el depósito de garantía tiene un importe igual a la facturación teórica mensual correspondiente a cincuenta horas de utilización de la potencia contratada.
Evolución del precio de dar el alta de luz
En el año 2009 se produjo en España el proceso de liberalización del mercado energético, lo que dejó un mercado regulado y un mercado libre.
El mercado regulado de luz y gas ofrece dos tarifas reguladas a sus clientes: el PVPC, Precio voluntario al Pequeño Consumidor, y el TUR, Tarifa de Último Recurso.
El precio del KW/h de la tarifa regulada de luz del Precio Voluntario al Pequeño Consumidor varía en relación a la hora del día en que se tiene consumo eléctrico.
Los clientes que tengan contratada una tarifa PVPC podrán ver el precio del KW/h del mercado regulado de luz en la web de la Red Eléctrica de España, REE, donde se publicará todos los días a las 20:30 horas.
Mientras que el precio de la luz en el mercado regulado es diferente cada día, el precio de la tarifa regulada de gas, Tarifa de Último Recurso, es fijado cada 3 meses mediante subasta.
