“Ante la existencia de la plaga Picudo Rojo en Asturias y para que se puedan aplicar las medidas de erradicación y control oportunas, previstas por Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales así como proceder a la inspección de localizaciones en este concejo, es imprescindible elaborar, en colaboración con la Consejería, un CENSO DE PALMERAS, tanto públicas como privadas, existentes en el municipio” – señaló Onésimo Velasco, concejal del Ayuntamiento.
“Para facilitar al vecindario del concejo la comunicación que deben hacer al a Consejería de las palmeras de su propiedad, se articularon mecanismos de información y ayuda para enviar la documentación requerida desde Candás sin tener que desplazarse a la administración regional” – avanzó Velasco.
Mediante Resolución de 8 de febrero de 2018 (B.O.P.A. de 22-02-2018), la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales se declara la existencia en el Principado de Asturias, del organismo nocivo “Picudo rojo de las palmeras”, Rhynchophorus ferrugineus (Olivier). La presencia de este escarabajo, constituye un peligro para la conservación de las palmeras, ocasionando generalmente la destrucción y muerte de las mismas si no es controlado a tiempo, pero aún en el caso de llegar a controlarse produce daños importantes, que merman significativamente el valor ornamental de la palmera afectada. En virtud de ello, se adoptan desde el gobierno regional diversas medidas fitosanitarias para su erradicación y control, ante lo cual, desde esta administración local, informó al vecindario a través de un BANDO INFORMATIVO.
“Se trata de una plaga que afecta exclusivamente a distintas especies de palmeras. Es improbable la detección visual temprana de la infección. Por lo que, desde el Principado, se consideró necesario recordar a las personas que tengan palmeras en sus propiedades la existencia de la plaga y las medidas fitosanitarias obligatorias para evitar la proliferación del curculiónido” – explicó el edil.
Para que se puedan aplicar las medidas de erradicación y control oportunas, así como proceder a la inspección de localizaciones en este concejo, es imprescindible, por un lado, elaborar en colaboración con la Consejería, un CENSO DE PALMERAS, tanto públicas como privadas, existentes en el municipio. La Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales en el Boletín de avisos fitosanitarios de Diciembre de 2017, pone a disposición de la ciudadanía información relevante sobre esta plaga con indicaciones para tratar de evitar la infestación.
A tal fin y en aras de facilitar esta tramitación al vecindario de Carreño, el Ayuntamiento colaborará recepcionando toda la documentación que se precisa presentar ante la administración regional recogiéndola en el propio Ayuntamiento. Desde aquí se remitirá directamente a la Consejería correspondiente. Dicha COMUNICACIÓN en Carreño se podrá hacer:
PRESENCIALMENTE indicando sus datos a través del Registro Municipal, sito en el Ayuntamiento, c/ Santolaya, 1/3 de forma presencial en el horario de atención al público ( De Lunes a Viernes de 9 a 14 h. y Martes y Jueves también en horario de tardes de 15 a 18:30 h.). En dependencias municipales se le facilitarán copias impresas de la documentación que debe remitirse a la Consejería.
TELEMÁTICAMENTE descargando y cumplimentado previamente el impreso a rellenar ( Anexo II del BOPA 22.02.2018) que podrán obtener en esta web. Una vez cumplimentado ha de remitirse a la siguiente dirección electrónica: registro@ayto-carreno.es .
“Además, cabe recordar que se debe comunicar, por cualquiera de los instrumentos mencionados la aparición de cualquiera de los síntomas habituales del ataque de la plaga. Estos síntomas pueden consultarse en el Boletín de aviso fitosanitario ya citado . Y que de confirmarse la infección, se procederá a comunicar a la administración del Principado de Asturias la aparición de síntomas de ataque del organismo. Las plantas afectadas levemente deberán ser tratadas con productos autorizados .Las plantas que por la gravedad del ataque resulten irrecuperables deberán ser eliminadas de forma controlada. Las podas, plantaciones, talas y trasplantes de las plantas declaradas sensibles estarán a lo dispuesto en la Resolución de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales citada. Se consideran plantas sensibles las siguientes: Areca catechu, Arecastrum romanzoffianum (Cham.) Becc., Arenga pinnata, Borassus flabellifer, Brahea armata, Butia capitata, Calamus merillii, Caryota maxima, Caryota cumingii, Chamaerops humilis, Cocos nucifera, Corypha gebanga, Corypha elata, Elaeis guineensis, Howea forsteriana, Jubea chilensis, Livistona australis, Livistona decipiens, Metroxylon sagu, Oreodoxa regia,Phoenix canariensis, Phoenix dactylifera, Phoenix theophrasti, Phoenix sylvestris, Sabal umbraculifera, Trachycarpus fortunei y el género Washingtonia” – concuyó Onésimo.