Por cuarto año consecutivo, la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Carreño, a través de la Concejalía de Bienestar Social, ha aprobado la convocatoria de ayudas económicas para el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), relativos a personas y familias del municipio para el año en curso.
El IBI es un impuesto encuadrado en el sistema tributario local de exigencia obligatoria para los Ayuntamientos, que grava el valor de la titularidad que recae sobre bienes inmuebles de naturaleza tanto rústica como urbana.
“Estas ayudas económicas, convocadas en concurrencia competitiva, tienen como objetivo evitar que la carga fiscal ligada a un bien de primera necesidad, como es la vivienda, agrave la situación económica de las familias más vulnerables que residen en nuestro municipio, siendo una veintena de familias las que se han beneficiado de estas ayudas económicas en la última convocatoria” señaló María Rosa Nodar- Concejala de Bienestar Social.
Podrán solicitar estas ayudas todas aquellas personas que se encuentren empadronadas y sean residentes en Carreño. Así mismo deberán reunir una serie de requisitos entre ellos cabe destacar:
- Estar empadronado/a y residir en la vivienda objeto de la subvención en la fecha de presentación de la solicitud.
- La persona que lo solicita deberá ser el propietario del inmueble y el obligado al pago del IBI.
- No deberá ser titular de otro bien inmueble urbano en todo el territorio nacional. Quedan excluidos una plaza de garaje y trastero adscrito a la vivienda habitual.
- El valor catastral que figure en el recibo del IBI correspondiente al ejercicio 2019 no podrá exceder de 60.000€.
- Acreditar unos ingresos familiares que no superen el 125 % del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) de acuerdo a la fórmula para la ponderación de ingresos familiares que establece el principado de Asturias
Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se podrán presentar de lunes a viernes en el horario de 9:00 a 14:00 horas en:
- El Centro Municipal de Servicios Sociales ubicado en la calle Nicanor Piñole, 1 de Candás.
- El Registro General del Ayuntamiento de Carreño en la calle Santolaya, 1-3 de Candás.
- En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública.
Desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) y hasta el 20 de noviembre del 2019, inclusive.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en las bases de la presente convocatoria, el órgano competente requerirá a la persona interesada para que lo subsane en el plazo máximo improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistida de su solicitud.
El período voluntario de cobro del impuesto del IBI para el año 2019 es desde el 20 de septiembre hasta el 20 de noviembre del presente.
Se han establecido dos tipos de ayudas atendiendo a los ingresos anuales de la unidad familiar:
1. 100% de la cuantía del recibo del IBI de naturaleza urbana del 2019 para las unidades familiares cuyos ingresos no superen el IPREM anual ponderado vigente en el ejercicio del que se computan datos.
2. 50% de la cuantía del recibo del IBI de naturaleza urbana del 2019 para las unidades familiares cuyos ingresos no superen en 125% del IPREM anual ponderado vigente en el ejercicio del que se computan datos.
En el Presupuesto municipal en vigencia existe un crédito disponible de un máximo de 15.000 € con cargo a la partida “Ayudas Sociales” para dar cobertura a la concesión de estas ayudas.