El Ayuntamiento de Carreño informa de la convocatoria de ayudas al Bono Alquiler Joven. Las solicitudes podrán presentarse hasta el 19 de febrero de 2026.

Estas ayudas están dirigidas a facilitar el acceso a la vivienda en régimen de alquiler a personas jóvenes que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.
Requisitos para solicitar la ayuda
Podrán optar al Bono Alquiler Joven las personas físicas que no hayan cumplido 36 años en el momento de presentar la solicitud. Es necesario disponer de nacionalidad española, de algún país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, de Suiza, o encontrarse en situación de estancia o residencia regular en España en el caso de personas extranjeras no comunitarias.
Las personas solicitantes deberán ser titulares de un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos, o de un contrato de cesión de uso. En el caso de alquiler de habitación, no es obligatorio que el contrato se formalice bajo dicha ley.
También se exige disponer de una fuente regular de ingresos. Las rentas anuales, incluyendo las de las personas que residan de forma habitual en la vivienda arrendada, deberán ser iguales o inferiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) en 14 pagas. En el caso de alquiler de habitación, solo se tendrán en cuenta los ingresos de la persona arrendataria.
Cuantía, límites y presentación de solicitudes
La ayuda es de 250 euros mensuales, con el límite del importe mensual de la renta o del precio de la cesión. Se concederá por un plazo máximo de 24 meses.
La renta del alquiler de vivienda deberá ser igual o inferior a 600 euros mensuales. En el caso de alquiler de habitación, el precio deberá ser igual o inferior a 300 euros mensuales.
Las ayudas se concederán por riguroso orden de presentación de solicitudes hasta que se agote el presupuesto disponible. El pago de la subvención estará condicionado a la justificación del abono de la renta mediante los recibos correspondientes.
Las solicitudes deberán presentarse a través de la sede electrónica del Principado de Asturias en https://sede.asturias.es, utilizando el código AYUD0405T02.
Para ampliar información, se puede consultar la web municipal pulsando aquí.
