Close Menu
Candás 365
  • Portada
  • Agenda
    • El tiempo
  • Carreño
  • Asturias
  • Actualidad
    • Internacional
    • Economía
    • Empresas
    • Sucesos
    • News
  • Deporte
  • Sociedad
    • Salud
  • Horóscopo
  • Turismo
  • Revista
    • Videos
    • Galería 365
Facebook YouTube X (Twitter) Instagram
Facebook YouTube X (Twitter) Instagram
Candás 365Candás 365
jueves, abril 16
  • Portada
  • Agenda
    • El tiempo
  • Carreño
  • Asturias
  • Actualidad
    • Internacional
    • Economía
    • Empresas
    • Sucesos
    • News
  • Deporte
  • Sociedad
    • Salud
  • Horóscopo
  • Turismo
  • Revista
    • Videos
    • Galería 365
Candás 365
Home»Actualidad»El TSJ de Murcia desestima los recursos planteados en el caso Auditorio
Actualidad

El TSJ de Murcia desestima los recursos planteados en el caso Auditorio

Candás 365By Candás 3651 diciembre, 20175 Mins Read

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, actuando como Sala de lo Penal, ha acordado, en un auto notificado hoy desestimar los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio Fiscal y por las representaciones procesales de José Manuel García, Pedro Antonio Sánchez y Vicente Gimeno contra el auto dictado por el magistrado instructor, Julián Pérez-Templado, el 7 de julio. Igualmente, el tribunal desestima los recursos de apelación interpuestos por las representaciones procesales de Martín Lejárraga y Caridad García Vidal contra el auto del mismo instructor de fecha 27 de julio de 2017.

Al confirmar íntegramente las resoluciones recurridas, quedan resueltos todos los recursos presentados en el marco de las Diligencias Previas 2/2017 y culmina, en menos de un año, la fase de instrucción del denominado caso Auditorio por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia, que asumió la competencia el pasado 2 de febrero.

La resolución hoy firmada, sobre la que no cabe recurso, se remitirá por este órgano al Juzgado de Instrucción número 1 de Lorca, para que continúe la oportuna tramitación de la pieza principal (que ya fue remitida en su día tras declararse la pérdida de competencia de esta Sala).

A desestimar todos los recursos planteados, la Sala Penal confirma la decisión del instructor de que continúe el procedimiento judicial por el trámite del procedimiento abreviado contra las personas incluidas en su auto de transformación del procedimiento y respecto a los hechos allí descritos.

En concreto, la resolución rechaza la pretensión del Ministerio Fiscal de incluir como hecho punible la contratación de una mercantil para la redacción del estudio de seguridad, así como la expedición de certificaciones de obra y los acopios, por un lado y el acta de recepción de la obra.

Para el primer hecho la resolución explica que: “Tal carencia supone, sin duda, una irregularidad desde el punto de vista de los procedimientos que rigen la contratación pública”. Pero “ello no reconduce inexorablemente la cuestión al ámbito penal”.

Y respecto los segundos, la Sala comparte el criterio del instructor de que, junto al resto de incidencias habidas en la ejecución de la obra hasta la aprobación del modificado, más que “inflado” de las certificaciones, “fueron secuelas o derivadas de tan arbitraria e injustificada modificación del proyecto objeto inicial de la subvención”.

Por último, la Sala reitera su competencia respecto al hecho de si se invirtió o no en la obra la suma de 6.000.000 euros, objeto de la subvención, y asume los argumentos del instructor de que “ningún dato existe de que no se hubiera invertido la totalidad de esa suma en la obra”. Independientemente, de la investigación que el Juzgado de Instrucción 1 de Lorca retuvo, para la averiguación de si el Ayuntamiento dispuso o no de la cantidad objeto de subvención desde diciembre de 2006 (los primeros 3.000.000 €) hasta agosto de 2008. “Un total de 18 meses en los que, como señaló la propia juez, no habría justificado el uso que dio a los 6.000.000 euros objeto de la subvención”.

La Sala también rechaza la pretensión de José Manuel García Miravete de que el procedimiento se dirija contra otras personas y avala que “comportamientos concurrentes de concejales, funcionarios y personal contratado del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras -inicialmente investigados- fueron considerados por el magistrado instructor (y antes por el Ministerio Fiscal) como actuaciones meramente circunstanciales y residuales sin alcance penal”.

Con respecto a las alegaciones presentadas por la representación de Pedro Antonio Sánchez, la sala recuerda que “el auto de incoación de procedimiento abreviado es un mero juicio de probabilidad racional de sostenimiento razonable de una tesis incriminatoria, la cual podrá o no verse diluida en la vista oral”. E insiste en que “es suficiente para continuar el procedimiento que exista una apariencia delictiva y que la imputación no se asiente en un absoluto vacío que convierta en irracional la continuación del procedimiento”.

Frente a lo argumentado por el recurrente, la Sala explica que el magistrado instructor ha identificado y enumera toda una serie de datos que, a su juicio, evidencian el marcado protagonismo de Pedro Antonio Sánchez López en el curso del proceso de selección y adjudicación del proyecto al arquitecto. “La Sala comparte los razonamientos del magistrado instructor cuando, a partir de una serie de actos puntuales e individualizados, induce (FJ 4 del auto de 7 de julio de 2017) el presunto designio criminal -exteriorizado repetidamente y sin recato en medios oficiales y de comunicación social- que habría guiado al entonces alcalde en la infracción consciente y voluntaria de los más elementales procedimientos administrativos reguladores de dicha materia”.

Y similar argumento recoge la resolución respecto a los hechos relacionados con la obtención y destino de la subvención, por un lado, y el modificado del proyecto inicial, por otro.

Respecto a los recursos de Vicente Gimeno, Martín Lejarraga y Caridad Vidal la Sala recuerda su intervención personal, esencial o decisiva, no sin antes recordar que: “el auto de incoación del procedimiento abreviado no es un anticipo de sentencia condenatoria sino una decisión provisional adoptada en base a los datos recopilados durante la fase de instrucción”.

Share. Facebook Twitter WhatsApp

MÁS NOTICIAS

Actualidad

La DGT ha reforzado los controles de velocidad en carretera

Actualidad Destacadas

Accidente de Adamuz: Tellado pide la dimisión de Puente

Actualidad

Becas educativas en España para el curso 2026-2027

Candás365 TV
  • Facebook
  • Twitter
  • Instagram
  • YouTube
MAGAZINE 365 DIGITAL DE ASTURIAS
MAGAZINE 365 ASTURIAS
SERVICIOS E HISTORIA
  • Breve Historia
  • Tarifas Publicitarias
  • Publicidad Asturias
  • Canal YouTube
  • Podcast

Candás 365 es el diario local líder en información y contenidos del Concejo de Carreño, noticias de Asturias, actualidad nacional e internacional, agenda, el tiempo, deporte, turismo, ocio, salud, economía e información digital desde el año 2012

Facebook Instagram YouTube
NUESTRAS REDES
  • Facebook
  • Twitter
  • Instagram
  • YouTube
  • Aviso Legal
  • Política de Cookies
  • Política de Privacidad
  • Candás 365 TV
  • Radio
  • Contacto
© 2012 - 2026 Todos los derechos reservados.

Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.

Utilizamos cookies en nuestro sitio web para ofrecerle la experiencia más relevante al recordar sus preferencias y visitas repetidas. Al hacer clic en "Aceptar todas", usted consiente el uso de TODAS las cookies. Sin embargo, puede visitar "Configuración de cookies" para dar un consentimiento controlado.
Configuración de cookiesAceptar todasRechazar
Manage consent

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. These cookies ensure basic functionalities and security features of the website, anonymously.
CookieDuraciónDescripción
cookielawinfo-checkbox-analytics11 monthsThis cookie is set by GDPR Cookie Consent plugin. The cookie is used to store the user consent for the cookies in the category "Analytics".
cookielawinfo-checkbox-functional11 monthsThe cookie is set by GDPR cookie consent to record the user consent for the cookies in the category "Functional".
cookielawinfo-checkbox-necessary11 monthsThis cookie is set by GDPR Cookie Consent plugin. The cookies is used to store the user consent for the cookies in the category "Necessary".
cookielawinfo-checkbox-others11 monthsThis cookie is set by GDPR Cookie Consent plugin. The cookie is used to store the user consent for the cookies in the category "Other.
cookielawinfo-checkbox-performance11 monthsThis cookie is set by GDPR Cookie Consent plugin. The cookie is used to store the user consent for the cookies in the category "Performance".
viewed_cookie_policy11 monthsThe cookie is set by the GDPR Cookie Consent plugin and is used to store whether or not user has consented to the use of cookies. It does not store any personal data.
Functional
Functional cookies help to perform certain functionalities like sharing the content of the website on social media platforms, collect feedbacks, and other third-party features.
Performance
Performance cookies are used to understand and analyze the key performance indexes of the website which helps in delivering a better user experience for the visitors.
Analytics
Analytical cookies are used to understand how visitors interact with the website. These cookies help provide information on metrics the number of visitors, bounce rate, traffic source, etc.
Advertisement
Advertisement cookies are used to provide visitors with relevant ads and marketing campaigns. These cookies track visitors across websites and collect information to provide customized ads.
Others
Other uncategorized cookies are those that are being analyzed and have not been classified into a category as yet.
GUARDAR Y ACEPTAR