La justicia valenciana se ha puesto del lado del cliente una vez más. El demandante suscribió un depósito estructurado que estaba referenciado a las acciones de Telefónica el pasado 2008. Pese a ello, la Audiencia Provincial de Valencia considera no supone desvirtuar su carácter complejo, según especifica y consta en la propia sentencia.
Para la Audiencia de Valencia, la complejidad del producto no depende de los valores de referencia sino del funcionamiento económico del producto.
La resolución jurídica señala que el contrato contenía un fuerte componente especulativo, y un importante riesgo de pérdida elevada. Además de todo ello en cuanto al perfil del demandante, se comenta que haber sido inversor habitual en el mercado secundario no le dota de especiales conocimientos financieros sobre el funcionamiento de este concreto producto.
Tal como afirma el letrado que representa a los demandantes, Juan José Ortega (Ortega & García Abogados), esta sentencia crea un referente importante para aquellas empresas que adquirieron un Depósito Exclusivo Telefónica con Bankinter, y que podrían reclamar hasta el año 2020.
