La Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente ha procedido a resolver las autorizaciones como actividad potencialmente contaminadora de la atmósfera y dar el visto bueno a los dos crematorios solicitados en Pola de Siero, próximos al cementerio de la villa.
La decisión se adopta tras la realización de dos estudios para evaluar las afecciones que la instalación podría producir en el entorno y determinar las medidas correctoras necesarias para su funcionamiento. Las conclusiones descartan el incumplimiento de la normativa sobre calidad del aire o incidencias ambientales significativas.
A partir de ahora, y con independencia de estas autorizaciones de carácter ambiental, corresponde al Ayuntamiento de Siero otorgar la preceptiva licencia a las instalaciones, imprescindible para el inicio de su actividad. Esta decisión municipal debe adoptarse tras valorar, entre otras cuestiones, las alegaciones recibidas sobre la proximidad de la instalación a zonas residenciales y su adecuación al planeamiento urbanístico.
Estudios previos y medidas de control y protección ambiental
Para evaluar las afecciones al entorno, se realizó un modelo de dispersión de los contaminantes emitidos por los dos crematorios, considerando las peores condiciones climáticas para la dispersión de los contaminantes y que las instalaciones realizaban cremaciones en número muy superior a las previsiones existentes. En estas circunstancias desfavorables se calculó la contaminación esperada en cuatro puntos de Pola de Siero (campo de fútbol, ambulatorio, zona residencial próxima a los tanatorios y Colegio Público Hermanos Arregui).
Los resultados del estudio indican que para los contaminantes estudiados (partículas en suspensión de diámetro inferior a 10 micras PM10, óxidos de nitrógeno, mercurio y dioxinas y furanos) los niveles de contaminación esperados en esos cuatro puntos son muy inferiores a los establecidos en la legislación aplicable (PM10 y óxidos de nitrógeno) o a valores de referencia internacionales en el caso de no existir límites legales (mercurio o dioxinas).
Asimismo, como medidas de protección y control ambiental, en las autorizaciones que se otorgan a estas instalaciones se han impuesto estrictos valores límite de emisión con la obligación de realizar mediciones de los contaminantes emitidos y desarrollar un programa de vigilancia y control frecuente.
Entre otros aspectos, se indica la obligatoriedad de disponer de cámaras de postcombustión de sondas de medida continua de temperaturas y oxígeno y de que exista un sistema de bloqueo del horno que impida su carga si no se ha alcanzado los 850º C de temperatura. Todas estas medidas van destinadas a evitar la producción de dioxinas y furanos.
Con el fin de valorar la posible incidencia en la calidad del aire de la zona de estos crematorios, la Consejería de Medio Ambiente instalará este miércoles un captador de partículas en el Colegio Hermanos Arregui, con el fin de estableces los niveles de contaminación y poder analizar sus componentes, antes y después de la entrada en funcionamiento de esta instalación. De esta manera, se garantiza un control continuo. En el caso de superarse en el entorno de las instalaciones los valores límite u objetivo de calidad del aire de cualquier contaminante emitido por ellas, la consejería podrá suspender la actividad hasta que dichos valores desciendan a niveles admisibles.