La Unión de Consumidores de Asturias ha presentado este jueves la primera sentencia que considera la aplicación del TAE del 29,5% «como usura», ya que la entidad financiera aplicó un tipo de interés medio por encima de lo que establece el Banco de España y que se sitúa «en el 9,1%».
El cliente pidió a la financiera «un préstamo de 6.000 euros y le fijaron un tipo de TAE del 29,5%». A esta cantidad se le debe sumar «los gastos de apertura, los de estudio y los de intermediación» y en total el consumidor debía de «devolver 11.652 euros», según informó el presidente de esta asociación, Dacio Alonso, en una rueda de prensa.
Ahora, con la sentencia firme «se anulan las comisiones que debía de pagar el cliente, ya que no quedaba acreditado que el consumidor conociese todos» los requisitos «cuando firmó» la concesión y por ello «solo devolverá el capital que debía».
De forma paralela, Alonso ha afirmado que «en España no existe una tasa de usura como en el resto de países de la Unión Europea y por ello el Tribunal Supremo ha tenido que recurrir a una ley de 1908» en la cual se trataba este tema. Asimismo, el representante de UCE ha explicado que «las entidades aplican» un interés por encima del «doble de lo que establece en Banco de España» y por ello habrá «miles de personas afectadas».