OVIEDO, 2 Oct. (EUROPA PRESS) –
Uno de los acusados por la muerte de un hombre en Gijón en octubre de 2011 ha reconocido este jueves los hechos y ha aceptado una condena de un año y seis meses de prisión por un delito de lesiones en concurso con un delito de homicidio por imprudencia grave, además del pago de las correspondientes indemnizaciones, tras alcanzarse un acuerdo entre las partes.
La Fiscalía y la acusación particular modificaron su postura con respecto del otro acusado, al considerar que no consta que hubiera causado lesiones al fallecido, y fijaron su acusación en una falta de maltrato de obra, según ha informado el Ministerio Público.
La vista oral estaba prevista este jueves en el Juzgado de lo Penal número uno de Gijón, aunque tras la conformidad alcanzada no llegó a desarrollarse.
Sobre las cinco de la mañana del 23 de octubre de 2011, en la calle Marqués de San Esteban de Gijón, el fallecido, F. J. C. G., y su hermano tuvieron una pelea con unos menores de edad. Posteriormente, ambos se dirigieron hasta la calle Pedro Duro y, en la intersección con la calle Numa Guilhou, se encontraron con los dos acusados, momento en el que uno de ellos, XXX, asestó un puñetazo a la víctima, sin que conste que le causara lesiones. Inmediatamente después, el otro acusado, YYY, le propinó otro puñetazo en la cara. El hombre cayó al suelo y, aún en él y en estado de semi-inconsciencia, YYY le propinó varios puñetazos.
Según el informe médico forense, F. J. C. G. sufrió numerosas heridas de diversa consideración y un traumatismo craneoencefálico severo. Falleció el 29 de octubre de 2011, hecho en el que también influyó el grado de intoxicación etílica que presentaba. El acusado YYY ha estado en prisión provisional por estos hechos desde el 12 de noviembre de 2011 hasta el 22 de enero de 2012.
Tras el acuerdo alcanzado, se consideró que el acusado YYY es autor de un delito de lesiones del artículo 147 Código Penal, en concurso ideal con un delito de homicidio por imprudencia grave del 142.1. Además de la pena de prisión, YYY aceptó el pago de las correspondientes indemnizaciones a los padres del fallecido y al Sespa. El acusado XXX fue considerado autor de una falta de maltrato de obra y condenado al pago de una multa de 60 euros.
A finales del año 2012, el Juzgado de Menores acordó, a petición de la Fiscalía de Menores del Principado de Asturias, el sobreseimiento provisional del procedimiento seguido contra los tres menores de edad inicialmente relacionados con la muerte de F. J. C. G. De la investigación realizada, la Fiscalía concluyó que los menores no habían tomado parte en el enfrentamiento que desencadenó el fallecimiento del hombre, sino únicamente en la primera de las agresiones que sufrió. Así, la Fiscalía consideró que la conducta de los tres menores fue constitutiva de una falta de lesiones y que los trámites practicados en el marco de la investigación ya habían constituido por sí mismos un reproche suficiente para ellos.