El Rey Felipe de España ha firmado a su llegada a Helsinki el decreto aprobado por el Consejo de Ministros extraordinario por el que se autoriza la disolución de las Cortes Generales y la celebración de elecciones generales el próximo 29 de noviembre de 2026.

Desde la Casa del Rey se indicó que el jefe de Estado firmó electrónicamente el decreto de convocatoria electoral tras aterrizar en la capital finlandesa.
Según confirmaron fuentes del Palacio de La Zarzuela, don Felipe fue informado por Sánchez este domingo por la tarde, a través de una conversación telefónica, de su intención de llamar a las urnas.
El presidente comunicó la decisión a la sociedad este lunes, en una comparecencia institucional, una hora y media antes de que los Reyes fueran despedidos con honores en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas con motivo de su viaje de Estado a Finlandia.
Según el artículo 62 de la Carta Magna, corresponde al Rey convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución.
Tal y como manda el artículo 115. 1. de la Carta Magna, el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá proponer la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales, que será decretada por el Rey. El decreto de disolución fija la fecha de las elecciones, que el jefe del Ejecutivo ya avanzó la mañana de este lunes que será el próximo 29 de noviembre.
LAS FECHAS CLAVE
Una vez el monarca ha sancionado el decreto, este se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) mañana martes 6 de octubre. A continuación, el 16 de octubre concluirá el plazo para comunicar las posibles coaliciones electorales. Entre el 21 y el 26 de este mes las formaciones presentarán sus listas electorales y el 13 de noviembre empezará formalmente la campaña electoral.
Tal y como marca la Constitución en su Artículo 68, el Congreso electo deberá ser convocado dentro de los 25 días siguientes a la celebración de las elecciones.
El Rey, previa consulta con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria y a través de la Presidencia del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno.
Si transcurrido el plazo de dos meses desde la primera votación de investidura ningún candidato hubiera obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del presidente del Congreso.
