El Gobierno de Asturias ha aprobado el proyecto de Ley de Acción Concertada, con el que se dotará de un marco legal que garantice la continuidad de la colaboración con las entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de los servicios sociales. Esta norma, muy demandada por el tercer sector, permitirá impulsar un modelo que pasa por la imprescindible cooperación con las organizaciones que prestan servicios de manera eficiente en todos los campos de la atención social.
La nueva ley favorecerá el derecho de los usuarios a una asistencia continuada y de calidad que ha de tener en cuenta el arraigo de las personas en su entorno. La norma podrá ser aplicada a otros ámbitos de la Administración autonómica y también por parte de las entidades locales, que pasarán a contar con un marco seguro para la contratación de este tipo de servicios.
El Ejecutivo cumple así su compromiso de dar estabilidad a la colaboración con el tercer sector. Inicialmente, estaba previsto abordar este aspecto mediante el desarrollo reglamentario de la modificación, efectuada en 2015, de la Ley de Servicios Sociales. Sin embargo, tras analizar la evolución normativa, se optó por diseñar una ley específica.
Este texto regula las condiciones necesarias para aplicar el régimen de acción concertada: ámbitos susceptibles de acuerdos, prestaciones, características de las entidades colaboradoras, etcétera. En este sentido, define como ámbitos de aplicación las prestaciones dirigidas a garantizar la protección de menores, la atención a personas con discapacidad o dependientes y sus familias, y también aquellas medidas que favorezcan la inclusión social, entre otras.
La finalidad de la acción concertada será la reserva y la ocupación de plazas para uso exclusivo por parte de usuarios de servicios sociales de responsabilidad pública, además de la gestión integral de prestaciones, servicios, programas, recursos o centros.
Para seleccionar las entidades se tendrá en cuenta su implantación en la localidad donde se vaya a prestar un servicio determinado, la valoración favorable de las personas atendidas, la calidad y continuidad de la asistencia, la experiencia en la gestión y las certificaciones de calidad que posean. Además, se valorarán las buenas prácticas y la formación específica del personal.
El texto aprobado es similar a los promulgados en Aragón, Navarra o Valencia. Se ampara en la directiva europea 2014/24 y en su transposición al ordenamiento español a través de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Estas normas prevén la posibilidad de que las autonomías concierten mediante instrumentos no contractuales servicios públicos que satisfagan necesidades sociales.