La diputada de FORO y portavoz de Desarrollo Rural en la Junta General, Carmen Fernández, defenderá este viernes en el Pleno autonómico la proposición de Ley de modificación de la Ley 2/1989, de 6 de junio, de caza para “obligar al Principado a que pague por los daños producidos por la fauna salvaje y a que lo haga en un tiempo razonable”.
Según la diputada forista, “proponemos modificar la Ley 2/1989, de 6 de junio, para garantizar la correcta compensación de los daños producidos por la fauna silvestre. Resulta indispensable contemplar los cambios formativos necesarios para que dicha Ley no deje de cumplir las importantes funciones para las que fue concebida. Debe reparar la falta de equilibrio ecológico que se está produciendo en Asturias. La superpoblación de especies cinegéticas amenaza seriamente a la ganadería regional y empobrece a los ganaderos”. Asimismo, apunta que “esta modificación de la Ley de Caza obligará al Principado a asegurar la declaración de los daños y su pronta compensación a través de un nuevo procedimiento de indemnización”.
Y es que, según Fernández, “esta modificación contempla la posibilidad de habilitar a los órganos competentes, de forma excepcional y únicamente cuando concurran circunstancias específicas, para poner en marcha medidas de prevención o de control poblacional, alternativas o conjuntas, atendiendo a la necesidad puesta en evidencia en los últimos años en relación a los daños ocasionados por la fauna silvestre”. En este sentido, destaca que “la Ley incluirá medidas de prevención y control en función de los daños, como los aguardos, cuando el volumen de los mismos así lo aconseje”.
La diputada de FORO detalla que la proposición de Ley presentada por su grupo parlamentario incluye también que “ante las carencias evidentes en la tramitación de las indemnizaciones por daños ocasionados por la fauna silvestre a cargo del Principado de Asturias en los supuestos ya contemplados en la redacción anterior de la Ley del Principado de Asturias 2/89, de 6 de junio, de caza, se regula el procedimiento administrativo para su tramitación, recogiendo entre otros, los principios de eficacia, celeridad y simplificación administrativa establecidos en la nueva Ley 39/2015”. Carmen Fernández destaca además que “se pone especial énfasis en esta modificación en la concreción de la causalidad de los daños ocasionados y la necesidad de una reparación integral a quien no tiene la obligación de soportarlos”.
Para Fernández, “la presente Ley tiene como objetivo la adecuación legislativa en materia de caza al siglo XXI en el concreto contexto asturiano” y concluye que “el plazo máximo para la resolución de los expedientes será de 45 días desde el inicio del procedimiento” así como que “el impago por la administración supondrá el pago de intereses por demora”.